¿Qué es primero, el huevo o la gallina?
La situación de los emigrantes y la futura Constitución de la República.
Miles de ecuatorianos, a causa de la incierta situación económica durante los últimos 25 años, han decidido emigrar a otros países (Estados Unidos, España e Italia principalmente). Varios asambleístas, al igual que el gobierno, han incorporado a su discurso la problemática de los emigrantes, lanzando una serie de planteamientos e iniciativas para discusión en el debate constituyente.
En unos casos, muchos ecuatorianos logran alcanzar el american dream, pero en otros no tan afortunados, miramos desde lejos historias de lucha diaria, sacrificios y abusos. No podemos negar que los efectos de la migración se sienten fuertemente en el Ecuador, positiva y negativamente, por un lado, las remesas de emigrantes enviadas a Ecuador se han convertido en fuente significativa de ingresos para el Ecuador, llegando a ser tan importantes como los ingresos petroleros. Pero no basta mirar la lógica económica, que a simple vista se ve como algo positivo.
Por otro lado, han cambiado las dinámicas sociales en lugares de origen, familias que responden a estructuras muy distintas a la de la familia clásica, niños que se crían con sus abuelos o tíos, abusos de todo tipo, adolescentes que carecen de referentes paternos o maternos, entre otros problemas.
Las comunidades de ecuatorianos en el extranjero crecen sensiblemente. Ciudades como Nueva York o Madrid cuentan con más ecuatorianos que muchas ciudades del Ecuador El Estatuto de la Asamblea Nacional Constituyente estableció la elección de representantes de emigrantes. En la última elección, se han escogido a representantes de los emigrantes para la Asamblea Nacional Constituyente. De acuerdo con cifras del Tribunal Supremo Electoral, 4575 ecuatorianos votaron en otros países de América Latina, 6020 en Estados Unidos y Canadá; y, 28933 lo hicieron en Europa. Cada uno de estos distritos electorales eligieron dos asambleístas. En la provincia de Sucumbíos, 64765 votantes escogieron también dos asambleístas. Similares casos ocurren en el resto de provincias de la Amazonía.
En este contexto, se desprenden las siguientes preguntas o reflexiones, y si estas deben tener lugar en el debate constitucional:
- La pertinencia o no de crear un distrito o región de los emigrantes, que cuente con representación política en el Congreso.
- ¿Qué tipo de cargos deben elegir los emigrantes?
- El peso del voto de los electores residentes en el Ecuador versus el de los ecuatorianos residentes en el exterior.
- La atención que el gobierno debe dar a los fenómenos sociales derivados de la migración.
- ¿Hasta donde debe llegar la atención del Estado a los ecuatorianos residentes en el exterior?
- ¿Qué debe hacer el Estado? ¿Evitar que la gente siga emigrando o proteger a los que ya se fueron?
PROPUESTA CONESUP
Parágrafo 3º
De los migrantes
Artículo 93
1. El Ecuador reconoce el derecho al libre tránsito y garantiza a las personas ecuatorianas en el extranjero, con independencia de su condición migratoria, el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales.
2. Organizará instituciones y expedirá normas que promuevan el mantenimiento de sus vínculos con la patria, les faciliten la solución de sus problemas en los países de tránsito y de destino, estimulen su retorno voluntario y presten asistencia a sus familiares en el territorio nacional.
Artículo 94
Los ecuatorianos que se hallan en el extranjero tienen derecho a elegir y ser elegidos, a participar en las consultas populares y a ser consultados sobre los servicios que el Ecuador les presta en los países de su residencia o destino. La ley regulará los términos y condiciones en los que han de ejercer estos derechos.
Artículo 95
Al servicio exterior del Ecuador en el extranjero le corresponde:
1. Asistir de conformidad con el Derecho Internacional y esta Constitución a las personas ecuatorianas en el extranjero en los conflictos y problemas que les afecten
2. Atender sus demandas con servicios y asesoría para que en el país de su residencia o domicilio puedan ejercer libremente los derechos constitucionalmente reconocidos y garantizados.
3. Gestionar la reunificación familiar y estimular el retorno voluntario.