29 de septiembre de 2005

COMENTARIOS A LA PROPUESTA DE CONSULTA POPULAR

La Consulta Popular, aún conteniendo preguntas ideales y totalmente consensuadas, no será suficiente para resolver los profundos problemas estructurales en el Ecuador. Teniendo en cuenta que la consulta es sólo un primer paso para abordar los asuntos urgentes relacionados a la representación y sistema electoral, es necesario profundizar el debate sobre las preguntas planteadas por el Gobierno Nacional.

En muchos casos, las preguntas abordan asuntos importantes y urgentes para el Ecuador. Acordamos completamente con algunas propuestas, la de la espacios iguales en los medios de comunicación para la publicidad electoral –por ejemplo-, y diferimos completamente con otras. Por eso proponemos un análisis minucioso de los temas en lugar de un apoyo o una oposición sin argumentos.

Temas como el de las autonomías, intenta plantearse como un asunto de “si” o “no”, cuando se trata de un diseño distinto del Estado ecuatoriano, autonomías, nuevos roles del Banco Central del Ecuador, un reordenamiento del Régimen Seccional Dependiente y del Independiente, y –sobretodo- un cambio en las relaciones de poder, requieren de un real pacto social. Las preguntas de la consulta popular y los temas tratados en ellas, nos obligan a insistir sobre la necesidad de una Asamblea Constituyente.

Pregunta 1.
FUNCIÓN LEGISLATIVA: Tres meses al año de Plenario y Comisiones Legislativas Permanentes.
Durante largo tiempo en la historia republicana, el Congreso Nacional mantuvo reuniones plenarias sólo durante algunos meses al año. Puede ser una medida que busque mayor eficacia en el trabajo del Poder Legislativo y de ser necesario, podría convocarse a Congreso extraordinario.

Es importante el trabajo de las Comisiones Especializadas Permanentes, sin embargo, la propuesta del Gobierno deja fuera algunas Comisiones que deben tratar temas prioritarios para el Estado Ecuatoriano: es el caso de la Comisión de Derechos Humanos; la de la Mujer, el Niño, la Juventud y la Familia; la de Medioambiente y la de Educación. Creemos que por los temas de su especialidad estas comisiones no pueden desaparecer como pretende la propuesta.

Pregunta 2.
BICAMERALIDAD.
La creación de una nueva cámara, supuestamente especializada (supuestamente, porque la instrucción superior y la edad, como únicos requisitos distintos, no garantizan nada), no resolverá los verdaderos problemas del Congreso Nacional. La discusión debe girar al rededor de las nociones y los mecanismos para la representación del interés nacional en lugar de que el Parlamento o el Senado repliquen la actual correlación de poderes en que mayormente están representados los intereses económicos de unos cuantos grupos.

Pregunta 3.
DISTRITOS O CIRCUITOS ELECTORALES.
La pregunta que se refiere a este tema no nos dice nada, y lo mas grave de todo, es que deja a discreción de quienes reglamentarán la aplicación de estos cambios constitucionales la forma de modificarlos, convirtiendo a esta pregunta, en una tomadura de pelo. Distrito electoral es únicamente la forma en que se ordena a un grupo de electores para el ejercicio del sufragio; hoy en el Ecuador existen distritos electorales que coinciden con la organización político administrativa: los cantones son los distritos electorales para alcaldes y concejales, y las provincias son los distritos electorales para prefectos, consejeros y diputados.

La propuesta debe aclarar el número de votantes que conformarían un distrito, el mecanismo para realizar ese diseño (cómo y quién o quiénes determinarían los distritos) y debe enfatizar en el hecho de que no pueden ser distritos uninominales. Los distritos uninominales eliminan la posibilidad de representación proporcional, cierran los espacios para las voces diversas y terminarían con una conquista tan importante como la “ley de cuotas” que ha sido –en los últimos años- la única forma de asegurar la presencia de mujeres en los espacios de representación.

Pregunta 4.
TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL.
Pregunta 6.
CORTE DE JUSTICIA ELECTORAL.
Del texto del Gobierno Nacional no quedan claras las diferencias entre estos dos cuerpos. Estamos de acuerdo con la necesidad de separar las dos funciones, pero aquella de administración de justicia electoral debería diseñarse siguiendo el principio de Unidad Jurisdiccional, es decir que sea parte de la Función Judicial, se rija con sus normas, asegure el debido proceso y que los jueces provengan de carrera judicial.

Pregunta 5.
PUBLICIDAD ELECTORAL.
Estamos totalmente de acuerdo con la asignación de espacios limitados e iguales para todos los candidatos y candidatas en los medios de comunicación. Esta medida que asegura la posibilidad de los candidatos de presentar sus propuestas y la de los electores de conocer a sus próximos representantes debe ir acompañada de un severo y efectivo control del gasto electoral.

Pregunta 7.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.
El Estado de Derecho requiere de una instancia de control constitucional. El problema actual del Tribunal es que en lugar de ser un espacio para el debate y resolución de personas conocedoras de Derecho Constitucional, se ha convertido en un espacio de poder de los Partidos Políticos. La integración de este Tribunal Constitucional no puede entregársele, ni “por esta última vez”, al Congreso, el Ejecutivo y el Judicial.

La reforma propuesta olvida un tema de gran importancia y es que no elimina la norma que establece que los vocales del Tribunal Constitucional están sujetos a juicio político. Mientras esa norma siga en la Constitución Política, el Tribunal no tendrá ninguna independencia del Poder Legislativo.

Pregunta 8.
PARTIDOS POLÍTICOS.
Ecuatorianos y ecuatorianas demandamos cambios profundos en los partidos políticos, las reformas propuestas no resuelven ninguno de los problemas medulares. Ni la Constitución ni la Ley transformarán las actitudes y los comportamientos de los Partidos Políticos ni substituirán a sus actores principales. Al ordenamiento únicamente le corresponde crear incentivos para un funcionamiento distinto y asegurar que aquellos grupos que no funcionan como partidos políticos democráticos puedan ser substituidos por organizaciones políticas distintas.

La reforma propuesta por el Gobierno no asegura este objetivo, las barreras de entrada o salida deben ser una de las herramientas de un sistema político diseñado para incentivar alianzas y coaliciones. El requisito de que los partidos políticos tengan un número de afiliados igual o superior al 5% del padrón electoral, limita las posibilidades de surgimiento de nuevas expresiones políticas y simplifica las condiciones de participación de quienes confunden la convocatoria a la militancia política con la rifa de una casa.

Pregunta 9.
DEMOCRATIZACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS.
Pregunta 10.
ELECCIONES INTERNAS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS.
Estas son dos medidas importantes, que aunque necesiten de una posterior reglamentación y voluntad de control, deben tomarse para un mejor funcionamiento de los partidos políticos en el Ecuador.

Pregunta 11.
FLEXIBILIZACIÓN DEL SISTEMA DE REFORMAS CONSTITUCIONALES.
Las normas pétreas en las Constituciones pretenden dotar a los sistemas de un mínimo de estabilidad necesaria incluso para evaluar la efectividad de las propias normas constitucionales. Un tiempo de tres meses parece corto para temas de este rango (para estas propias reformas se propone un “candado” de ocho años?), una alternativa podría ser el mecanismo recogido en varias constituciones de América Latina: la reforma constitucional requiere del voto de las tres cuartas partes del Congreso y luego debe ser ratificada por el pueblo en referéndum.

Pregunta 12.
PLAZOS DE CALIFICACIÓN DE URGENCIA DE PROYECTOS.
No se trata de un tema de especial trascendencia, parece una reforma a la medida de un presidente que reconoce su debilidad frente al Congreso Nacional. Le otorga nuevos poderes al Ejecutivo en lugar de abordar con profundidad el problema del “hiperpresidencialismo” en el Ecuador.

Pregunta 13.
DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA
La norma sólo propone un nombre distinto para el Ministro de Gobierno, no se trata de una designación conjunta con el Congreso que implique su responsabilidad de cogobierno, ni le atribuye nuevas funciones.

Pregunta 14.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
El Ecuador emprendió, luego del golpe de Gutiérrez contra la Función Judicial, un proceso ciudadano que exige la independencia de la administración de justicia. Luego de casi un año sin Corte Suprema, hoy llevamos adelante un proceso sin precedentes en el Ecuador: una elección en base a un concurso de méritos, una amplia participación de ciudadanos ecuatorianos con la posibilidad de que sean impugnados y la implementación de una medida de acción positiva para asegurar la presencia de mujeres en la Corte Suprema de Justicia. La pregunta planteada por el Ejecutivo pone en riesgo este proceso de selección y además plantea como alternativa una nueva ingerencia del Ejecutivo en el Poder Judicial.

Esta pregunta además pone en duda la voluntad política del Presidente en el actual proceso y constituye una burla frente al apoyo que países hermanos han brindado al tema durante estos meses (la Comunidad Andina de Naciones, la Organización de Estados Americanos y Naciones Unidas han enviado veedurías he impulsado el proceso).

Pregunta 15.
DE LAS AUTONOMÍAS.
Como se dice en la introducción de este documento el tema de las autonomías es especialmente complejo y requiere redefinir el rol y las responsabilidades del Estado Central; el cambiar el Ecuador a un régimen autonómico es materia de un proceso constituyente.

Pregunta 16.
REVOCATORIA DEL MANDATO.
Estamos de acuerdo con la necesidad de incluir al Presidente de la República como una de las autoridades sujetas a la revocatoria del mandato.

Pregunta 17.
PERMANENCIA REFORMAS CONSULTA POPULAR.
La misma consulta propone de un lado (pregunta 11) la necesidad de flexibilizar los procesos de reforma constitucional y del otro pretende darle a estos cambios (totalmente superficiales) un seguro de permanencia.